Ley sobre Igualdad Real y Derechos de las Personas LGTBI

Aprobada la Ley sobre Igualdad Real y Derechos de las Personas LGTBI

La Ley sobre Igualdad Real y Derechos de las Personas LGTBI ha entrado en vigor el pasado 2 de marzo de 2023 con el objetivo de garantizar y promover el derecho a la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) y sus familias.

Esta ley se aplica a todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que residan, se encuentren o actúen en territorio español, independientemente de su nacionalidad, origen racial o étnico, religión, domicilio, residencia, edad, estado civil o situación administrativa

En materia sociolaboral, la ley establece diversas medidas, entre las que destacan:

  • Protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Las empresas de más de 50 trabajadores deberán contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de los trabajadores en un plazo máximo de 12 meses desde la entrada en vigor de la ley. Además, se recopilarán y difundirán las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión de colectivos LGTBI y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación a través del Consejo de Participación de las personas LGTBI.
  • Planes de igualdad y no discriminación. La ley establece que en la elaboración de los planes de igualdad y no discriminación, se debe incluir expresamente a las personas trans, prestando especial atención a las mujeres trans.
  • Permiso por nacimiento o cuidado de menor. Se incluye en el término de madre biológica a las personas trans gestantes.

La ley también reconoce expresamente el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades de las personas LGTBI y trans en el ámbito laboral, tanto por cuenta ajena como propia, y prohíbe las causas de discriminación basadas en la identidad sexual, la expresión de género o las características sexuales. Se entienden nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo, a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorables por estas causas.

La ley obliga a las empresas a tomar medidas de protección frente a la discriminación y la violencia dirigida a las personas LGTBI, y el incumplimiento de esta obligación da lugar a la asunción de responsabilidad del empresario, debiendo adoptar medidas adecuadas para su cese inmediato.

También son nulas y se tendrán por no puestas, las cláusulas de los contratos y negocios jurídicos que vulneren el derecho a la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género o características sexuales.

Entre las nuevas medidas de protección y apoyo al colectivo LGTBI han sido aprobadas por el Gobierno, las conductas discriminatorias y el acoso por motivos de orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales serán sancionadas como infracciones muy graves y se multará con cifras que oscilan entre los 7.501 y los 225.018 euros. Además, se espera que el Ministerio de Trabajo y Economía Social diseñe planes específicos para promover el empleo de este colectivo, teniendo en cuenta las necesidades de las mujeres trans. Las Administraciones públicas, por su parte, tendrán que adoptar medidas necesarias para impulsar la integración laboral y social de las personas trans y eliminar toda discriminación en sus respectivas competencias.

Desde Alisios Consultores le ayudamos elaborar su protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI, así como su Plan de Igualdad.

Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

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