Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Ley de envases y residuos de envases

Real Decreto 1055/2022

Le ayudamos con la Declaración de envases y la inscripción en el Registro de Productores de Producto

 Somos una consultora experta en Seguridad Alimentaria y ODS

 Asesoramos a Comercio, Fabricantes y Distribuidores

Imagen de Ley de Envases

Le asesoramos para cumplir con el nuevo Real Decreto para que pueda cumplir con la normativa

Qué dice el nuevo Real Decreto

Este real decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.

  • El Estado publica el 28 de diciembre de 2022 el Real Decreto 1055/2022

  • Trata sobre cómo se deben gestionar los envases

  • Se establece cómo se deben gestionar los envases

  • Se establece la gestión de los residuos generados por los envases

Le ayudamos con la Inscripción en el Registro de Productores de Producto

¿Quién está obligado a cumplir el Real Decreto 1055/2022?

El Registro de Productores de Producto es una base de datos oficial en la que se inscriben los fabricantes e importadores de ciertos productos, para controlar y gestionar la responsabilidad extendida del productor (REP) en relación con la gestión de residuos y reciclaje de esos productos.

Las empresas obligadas a inscribirse en el Registro de Productores de Producto son todas aquellas que ponen envases en el mercado español, es decir:

  • Los envasadores. 
  • Empresas que realicen cualquier actividad que implique envasado o embalaje en cualquier nivel de la cadena de suministro.
  • Los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición intracomunitaria de productos envasados para su puesta en el mercado español.
  • Los representantes autorizados de empresas extranjeras que venden sus productos en España.
  • Los titulares de marcas de distribución con sede en España, siempre y cuando no se identifique al productor de producto.
  • La empresa que encarga el envasado, cuando se trate de productos envasados por cuenta de un tercero.
  • Las plataformas de comercio electrónico que introduzcan en el mercado productos envasados procedentes de fuera de España, siempre y cuando el productor no haya designado representante autorizado.

¿Qué tipo de envases están obligados a declarar?

La responsabilidad de este Decreto es diferente según cada actor.

Envase doméstico: Envases sean susceptibles de ser adquiridos por el consumidor en los comercios, con independencia del lugar de venta o consumo.

Envase comercial: Envase que, sin tener la consideración de doméstico, está destinado al uso y consumo propio del ejercicio de la actividad comercial, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios.

Envase industrial: Envase destinado al uso y consumo propio del ejercicio de la actividad económica de las industrias, explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o acuícolas, con exclusión de los envases que tengan la consideración de comerciales y domésticos.

Envase primario o de venta: Todo envase diseñado para constituir en el punto de  venta una unidad de venta destinada al consumidor  o usuario final, ya recubra al producto por entero o  solo parcialmente, pero de tal forma que no pueda modificarse el contenido sin abrir o modificar dicho envase.

Envase secundario o colectivo: Todo envase diseñado para constituir en el punto de  venta una agrupación de un número determinado  de unidades de venta, tanto si va a ser vendido  como tal al usuario o consumidor final, pudiendo ser  separado del producto sin afectar a las características  del mismo.

Envase terciario o transporte: Todo envase diseñado para facilitar la manipulación  y el  transporte de una o varias unidades de venta  o de uno o varios envases colectivos, con objeto de  evitar su manipulación física y los daños inherentes en el transporte.

¿Quién debe inscribirse en el registro de productores de producto?

Los productores de producto o los representantes autorizados en el supuesto regulado en el artículo 17.2 se inscribirán en la sección de envases del Registro de Productores de Productos, creado por el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1055/2022 que fue el 28 de diciembre de 2022.

Gestionamos su solicitud
en menos de 48 h.

Consultoría integral RD 1055/2022, de envases y residuos de envases

Estudio de aplicación del Real Decreto para la organización.

Identificación de tipología de envases y estudio de sus materiales.

Elaboración del plan de seguimiento para el control y puesta de envases en el mercado nacional.

Inscripción en el Registro de Productor de Productos.

Asesoramiento y realización de la Declaración de Envases Anuales.

¿Por qué confiar en Alisios Consultores?

rapida-implantacion

Rápida implantación

Asignamos un consultor dedicado.

check de confianza

Garantía de Éxito

Garantizamos el éxito en la obtención del registro. 

conversamos

Lo hacemos muy fácil

Nuestro sistema de trabajo facilita la consecución de todos los objetivos.

Mejore precios sin sorpresas

El mejor precio

Contamos con tarifas muy competitivas.

Clientes que repiten
0 %
de Presencia Nacional
0 %
NPS
0
años de experiencia
+ 0

¿Dónde estamos?

Prestamos nuestro servicio en todas las Islas Canarias, península e Islas Baleares, donde prestamos servicio forma presencial y en remoto.

¿Trabajamos juntos?

Nos pondremos en contacto con usted para conocer que necesita de primera mano

error: Contenido protegido!!

Contáctanos

Llama al 722 615 575 de lunes a viernes de 9:00 a 16:00h.

Si lo prefieres, déjanos tus datos y te contactaremos lo antes posible.

Formulario de contacto