Protocolos Obligatorios para empresas
Le ayudamos con el cumplimento de todas obligaciones en materia laboral
Evite problemas legales y cuantiosas multas que lastren los resultados de su empresa. Le ofrecemos asesoramiento en tanto en las obligaciones como en las medidas de carácter voluntario.
Consultores expertos en Compliance y Cumplimento Normativo.
Obligatorio para todas las empresas, independientemente del número de trabajadores.
De forma sencilla, rápida, económica y en compañía de los mejores expertos.
Todos los Protocolos Obligatorios en una misma plataforma
- Protocolo de actuación ante violencia física, psicológica, por razón de sexo.
- Protocolo para la Desconexión digital.
- Protocolo de teletrabajo.
Contrate nuestro PACK Protocolos
Incluimos todos los Protocolos de Obligado Cumplimento en un solo servicio, garantizando una actualización continua y cumplimiento normativo.
Protocolo de actuación ante violencia física, psicológica, por razón de sexo.
Protocolo de Acoso
Contar con protocolo de acoso laboral es obligatorio para todas las empresas con trabajadores, tal como se indica en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, y en los artículos 45 y 48 de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Las personas trabajadoras deben conocer la existencia del mismo y recibir formación al respecto.
Protocolo de Desconexión Digital
Artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Todas las empresas están obligadas por Ley a tener un Protocolo de Desconexión Digital.
Este derecho busca garantizar que los empleados puedan desconectarse de los dispositivos digitales y de la comunicación laboral fuera de su horario de trabajo, para respetar su tiempo de descanso, vacaciones y vida personal. Por lo tanto, todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector, deben implementar un protocolo que regule este derecho.
Protocolo de Teletrabajo
Obligación está regulada por el Real Decreto-ley 28/2020, de trabajo a distancia.
El acuerdo de teletrabajo debe formalizarse por escrito, especificando claramente los términos y condiciones bajo los cuales se desarrollará el trabajo remoto.
Se considerará teletrabajo de carácter regular cuando se alcance al menos el 30% de la jornada laboral semanal.
en menos de 48 h.
- Asistencia jurídica por un técnico experto en cada protocolo. La asistencia jurídica incluida es asesoría en el cumplimiento con los protocolos implantados.
- Nuestro servicio ofrece actualizaciones continuas y soporte técnico permanente desde su implantación, asegurándonos así de un correcto cumplimento normativo.
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