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Sello para la Economía Social

El Sello para la Economía Social es un distintivo oficial promovido por el Ministerio de Trabajo y Economía Social con el fin de visibilizar y distinguir a las entidades de este sector

Informe sobre el Sello para la Economía Social

(Orden TES/1494/2025, BOE-A-2025-26194)

Desde Alisios Consultores, como firma especializada en acompañar a organizaciones en procesos de mejora institucional, cumplimiento normativo y posicionamiento estratégico, consideramos fundamental analizar en profundidad las herramientas públicas que contribuyen a reforzar la identidad, visibilidad y reputación de las entidades comprometidas con el impacto social. En este contexto, el Sello para la Economía Social, aprobado mediante la Orden TES/1494/2025, representa un hito relevante dentro de las políticas públicas de fomento del sector.

Este informe tiene como objetivo ofrecer una visión clara, estructurada y práctica sobre el Sello: su finalidad, las entidades que pueden utilizarlo, los requisitos que deben cumplirse y, especialmente, los beneficios estratégicos que puede aportar a las organizaciones de la economía social. Todo ello desde una perspectiva profesional y alineada con la normativa vigente, con el fin de facilitar su correcta comprensión y aplicación.

Objetivos y función del Sello para la Economía Social

El Sello para la Economía Social es un distintivo oficial promovido por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, cuyo propósito principal es visibilizar y distinguir a las entidades que forman parte de este sector económico diferenciado por sus valores y principios.

Un instrumento de visibilidad institucional

Según establece la Orden TES/1494/2025, el objetivo central del Sello es amplificar la visibilidad del impacto social positivo de las actuaciones, proyectos y actividades desarrolladas por las entidades de la economía social. En la práctica, esto se traduce en facilitar que consumidores, empresas, inversores e instituciones públicas identifiquen de manera clara a aquellas organizaciones que operan bajo criterios de solidaridad, cohesión social y primacía de las personas.

Desde nuestra experiencia, este tipo de distintivos oficiales cumplen una función clave: simplifican el mensaje. En un entorno saturado de información, un símbolo reconocido institucionalmente permite transmitir valores complejos de forma inmediata y comprensible.

Una herramienta de comunicación, no de control

Es importante subrayar que el Sello se concibe como una herramienta gratuita de comunicación, y no como un mecanismo de certificación ni de control adicional. La Orden especifica expresamente que su uso es “carente de efectos prescriptivos”, lo que significa que:

  • No genera nuevas obligaciones legales.
  • No sustituye ni modifica los requisitos ya previstos en la normativa vigente.
  • No implica auditorías, tasas ni procedimientos administrativos complejos.

El logotipo oficial estará disponible para descarga directa en la web del Ministerio, permitiendo su utilización tanto en soportes físicos como digitales: páginas web corporativas, memorias de sostenibilidad, folletos, presentaciones comerciales o campañas publicitarias.

Coherencia con las políticas públicas de economía social

El Sello se integra de forma coherente en el marco normativo y estratégico existente, especialmente en relación con:

  • La Ley 5/2011, de Economía Social.
  • La Estrategia Española de Economía Social 2023-2027.
  • Las iniciativas de impulso incluidas en el PERTE de la Economía Social y de los Cuidados.

En este sentido, el Sello no es una medida aislada, sino una pieza más de una política pública continuada, orientada a fortalecer un modelo económico más inclusivo, sostenible y centrado en las personas.

Entidades elegibles para el uso del Sello

La Orden TES/1494/2025 define de forma expresa qué entidades pueden utilizar el Sello, remitiéndose principalmente a la definición legal de economía social recogida en la Ley 5/2011 y a los registros oficiales correspondientes.

Tipologías de entidades reconocidas

De acuerdo con el anexo II de la Orden, pueden hacer uso del Sello, entre otras, las siguientes entidades:

Sociedades cooperativas

Deben estar inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas, conforme a la Ley 27/1999. Las cooperativas constituyen uno de los pilares históricos de la economía social, basadas en la gestión democrática y la participación activa de las personas socias.

Sociedades laborales

Aquellas inscritas en el Registro administrativo de Sociedades Laborales y Participadas, reguladas por la Ley 44/2015. Su rasgo distintivo es la participación mayoritaria de las personas trabajadoras en el capital social.

Mutualidades

Inscritas en el registro público de mutualidades dependiente de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Se trata de entidades sin ánimo de lucro orientadas a la previsión social.

Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)

Registradas conforme al Real Decreto 1776/1981. Estas entidades desempeñan un papel clave en el ámbito rural y agroalimentario, promoviendo la cooperación entre productores.

Entidades singulares creadas por ley

Incluye organizaciones de naturaleza especial, como la ONCE, siempre que se rijan por los principios del artículo 4 de la Ley 5/2011.

Entidades autonómicas y Catálogo Nacional

La Orden también contempla otros supuestos de acceso al Sello:

  • Entidades inscritas en registros autonómicos, siempre que exista un convenio de intercambio de información con la Administración General del Estado.
  • Entidades incluidas en el Catálogo Nacional de la Economía Social, previsto en el artículo 5.2 de la Ley 5/2011, que acrediten el cumplimiento de los principios del sector.

Desde un punto de vista práctico, esto amplía de manera significativa el alcance del Sello, permitiendo que una gran diversidad de organizaciones comprometidas con la economía social puedan beneficiarse de esta herramienta de visibilidad.

Condiciones clave de elegibilidad

Más allá de la tipología jurídica, la Orden establece una serie de condiciones de fondo y forma que deben cumplirse para un uso legítimo del Sello.

Inscripción oficial y reconocimiento legal

El primer requisito es que la entidad esté legalmente reconocida como entidad de economía social, conforme al artículo 5.1 de la Ley 5/2011, y debidamente inscrita en el registro correspondiente. En el caso de registros autonómicos, como hemos señalado, será necesario que exista un mecanismo de coordinación con el Estado.

Cumplimiento de los principios de la economía social

El uso del Sello implica una identificación pública con los principios recogidos en el artículo 4 de la Ley 5/2011, entre los que destacan:

  • Primacía de las personas y del fin social sobre el capital.
  • Distribución equitativa de los excedentes, en función del trabajo o servicio aportado.
  • Gestión democrática y participativa.
  • Solidaridad interna y con la sociedad.
  • Independencia respecto de los poderes públicos.

Para las entidades incluidas en el Catálogo Nacional, estos principios deben estar debidamente acreditados.

Uso responsable del distintivo

Aunque el Sello no otorga privilegios legales, su utilización debe ajustarse a la normativa general de:

  • Publicidad (Ley 34/1988).
  • Competencia desleal (Ley 3/1991).

Esto implica que el logotipo debe emplearse de forma veraz, clara y no engañosa, sin atribuir a la entidad ventajas, certificaciones o beneficios que no estén reconocidos legalmente.

Respeto a la identidad gráfica oficial

El Sello solo puede utilizarse en su versión oficial, descargada desde el espacio web habilitado por el Ministerio. Las entidades deberán respetar las indicaciones gráficas (colores, proporciones y formatos), evitando modificaciones que puedan desvirtuar su significado.

Implicaciones prácticas y beneficios para las entidades

Desde una perspectiva estratégica, el Sello para la Economía Social ofrece múltiples beneficios prácticos, especialmente en el ámbito de la comunicación, la reputación y el posicionamiento institucional.

Mayor visibilidad e identificación pública

El Sello actúa como un elemento distintivo inmediato, que permite a la entidad identificarse claramente como parte del ecosistema de la economía social. Esto resulta especialmente relevante en sectores donde el consumidor valora cada vez más el impacto social y la sostenibilidad.

Mejora de la comunicación del impacto social

El distintivo oficial refuerza la credibilidad del discurso corporativo en materia de impacto social, inclusión, empleo de calidad y sostenibilidad. Para muchas entidades, supone una validación institucional de valores que ya forman parte de su ADN.

Refuerzo de la reputación y de la RSC

Desde el ámbito de la responsabilidad social corporativa, el uso del Sello contribuye a fortalecer la imagen de compromiso social ante clientes, proveedores, inversores y administraciones públicas. En informes de sostenibilidad o memorias no financieras, su presencia aporta coherencia y respaldo institucional.

Diferenciación competitiva

En mercados cada vez más sensibles a criterios ESG, el Sello puede convertirse en un factor de diferenciación frente a competidores que no pertenecen a la economía social, ayudando a generar confianza y fidelización.

Acceso a redes y ecosistemas de colaboración

Aunque no implica beneficios económicos directos, el reconocimiento público que aporta el Sello puede facilitar la participación en redes de economía social, proyectos colaborativos y programas de apoyo impulsados desde las administraciones públicas.

Coste cero y facilidad de adopción

Finalmente, destacamos un aspecto especialmente relevante: el coste cero de obtención. Al tratarse de una descarga gratuita, cualquier entidad elegible puede incorporarlo de forma inmediata en sus materiales de comunicación, sin barreras económicas ni administrativas.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿El Sello para la Economía Social es obligatorio?

No. El uso del Sello es totalmente voluntario y no genera obligaciones adicionales para las entidades.

¿Supone el Sello algún tipo de certificación oficial?

No. El Sello no es una certificación ni acredita un nivel de calidad específico; es un distintivo de identificación y visibilidad.

¿Puede retirarse el derecho a usar el Sello?

Sí, en caso de uso indebido o engañoso, o si la entidad deja de cumplir los requisitos legales para ser considerada parte de la economía social.

Conclusión

Desde Alisios Consultores, entendemos el Sello para la Economía Social como una herramienta estratégica de comunicación institucional, alineada con las políticas públicas y con las tendencias actuales en materia de sostenibilidad y responsabilidad social. Su valor no reside en la creación de nuevas obligaciones, sino en su capacidad para poner en valor lo que las entidades de la economía social ya son y ya hacen.

Utilizado de forma adecuada, el Sello puede contribuir significativamente a reforzar la visibilidad, credibilidad y diferenciación de las organizaciones, ayudándolas a posicionarse de manera sólida en un entorno cada vez más exigente y consciente del impacto social de la actividad económica.

Desde Alisios Consultores, ponemos a disposición de las entidades de la economía social un servicio integral de consultoría especializada orientado a facilitar el uso correcto y estratégico del Sello para la Economía Social. Acompañamos a nuestros clientes en la verificación del encaje jurídico y registral, el análisis del cumplimiento de los principios del artículo 4 de la Ley 5/2011, la revisión de su posicionamiento institucional y de RSC, así como en la integración del Sello en su comunicación corporativa de forma alineada con la normativa de publicidad y competencia leal. Nuestro enfoque combina rigor técnico, visión estratégica y orientación a resultados, ayudando a las organizaciones no solo a adoptar el Sello, sino a maximizar su valor reputacional, diferencial y de visibilidad ante administraciones públicas, clientes e inversores.

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